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En México, de cada diez divorcios, 7 padres no cumplen con la pensión alimenticia

Página Zero - Divorcio

Tras la pandemia, en el 2021, estas estadísticas advierten que las cifran constituyen una violación a los derechos de la niñez y una forma de violencia económica contra las mujeres.

Diana Luz Vázquez Ruiz, principal impulsora de la Ley Sabina, que pretende poner en regla a los deudores alimenticios para tratar de equilibrar el cuidado de las infancias en los hogares, se refirió a esta iniciativa como un intento de las legisladoras que, “actualmente ya están legislando desde una perspectiva de género, que tanta falta hace en este país donde, tras la pandemia, las estadísticas del 2021 indican que creció el número de divorcios empeorando la situación de muchas familias, ya que, de 10 divorcios, 7 papás no están cumpliendo con la pensión alimenticia”.

Y es que, la falta de pago de las pensiones representa una violación a los derechos de la niñez, y constituye también una forma de violencia contra las mujeres: La violencia económica y el reforzamiento de las masculinidades hegemónicas. Esto se reproduce en el ámbito familiar como una forma de control en contra de las mujeres; se muestra a través de la agresión producida por la persona que tiene el dominio económico, con la manipulación para gestionar los gastos o incluso la decisión de privar de recursos.

El Informe de la Dirección de Estadística de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, señala que, en el 2021, el número de expedientes ingresados en materia familiar, en el tema de alimentos, fue de 6,102; lo que, en comparación con los resultados del 2020, en donde había 4,575, representó un aumento del 33%. Por ende, este incremento obliga a revisar el marco jurídico que a la fecha existe, a efecto de mejorar el acceso al derecho que tienen las personas acreedoras alimentarias.

La violencia económica es una manifestación de la violencia de género y una de sus dimensiones es la falta de pago reiterada e injustificada de pensiones alimenticias estipuladas en caso de separación o divorcio en favor de la mujer y/o de sus hijos. Así, este tipo de violencia tiene cifras alarmantes: 13.4 millones de mexicanas la han padecido en algún momento de su vida, es decir, 29% del total de mujeres de 15 años o más, según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016.

En países europeos como Suecia, Dinamarca, Alemania, Suiza, Noruega del este y Finlandia, el Estado adelanta las cuotas alimentarias. En España se les retiene su salario, las devoluciones de impuestos, hay embargo de cuentas bancarias y bienes, detracción de prestaciones de la seguridad social y hasta prisión. Estados Unidos sanciona a los padres con no renovar su licencia de conducir, cierre de cuentas bancarias, impedimento de acceder a su jubilación y, en caso de reembolso de impuestos, los intercepta para cubrir la deuda. En Latinoamérica, Uruguay, El Salvador, Colombia y Ecuador les prohíben la salida del país.

La propuesta de las organizaciones feministas mexicanas (Ley Sabina): La propuesta de la Iniciativa de Deudores Alimentarios puesta a consideración del Congreso de la CDMX por parte de las diputadas de Aquelarre de Donceles, (conformado por las diputadas: Alejandra Méndez, Ana Francis Mor, Marce Fuente, Nancy Núñez, Valeria Cruz, Valentina Batres y Xóchitl Bravo, presentaron recientemente, ante el Congreso de la CDMX, la Iniciativa de Deudores Alimentarios y se espera que en septiembre se suba el dictamen para seguir avanzando en este tema), aclara que las pensiones comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Respecto de las personas menores de edad señala, además, los gastos para la educación básica del alimentista, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a sus circunstancias personales; así como para garantizar su recreación, calidad de vida y dignidad, retomando lo aplicable del Código Civil Federal.

Asimismo, en esta Iniciativa de Deudores Alimentarios se establece que no podrán ser personas servidoras públicas, de la CDMX, quienes se encuentren en los Registros de Deudores Alimentarios y de Agresores Sexuales a menos que se acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda o se tramite el descuento correspondiente.

Por otro lado, se propone también identificar como delito el abandono de una mujer embarazada. Hay que resaltar que la participación de las mujeres en el mercado de trabajo disminuye conforme aumenta su número de hijos: la mitad de las mujeres de 15 años y más que tienen de uno a dos hijos (49.6%) participa en el mercado de trabajo, mientras que al tener de 3 a 5 hijos el porcentaje disminuye a 41.4%, y apenas el 22.7% de quienes tienen 6 o más hijos, es económicamente activa. En el caso de 2.2 millones de madres solteras ocupadas de 15 años y más, casi la mitad de ellas (44.1%) no recibe prestaciones por su trabajo; incluso en el caso de las subordinadas, es decir, de las que trabajan para una unidad económica en la que dependen de un patrón, el 29.8% no cuenta con prestaciones laborales.

Esta propuesta legislativa busca también que los hombres se hagan responsables en el ámbito del ejercicio de su sexualidad y reproducción, no solo por un aspecto ético, sino también para que se reconozca como una cuestión de corresponsabilidad social, ya que sus actitudes y comportamientos, especialmente en la esfera sexual, tienen con frecuencia un impacto negativo en la salud y el bienestar general de las mujeres, al no tomar en cuenta sus necesidades, y poniéndolas en riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual, y embarazos no deseados, delegando en ellas los costos físicos y emocionales del cuidado y atención de los hijos que resultan de la relación.

Por otra parte, en el texto de la Iniciativa se plantea reducir de 90 a 30 días el tiempo en el cual la persona deudora debe cumplir su responsabilidad, al considerar que el no cumplimiento de la entrega de los alimentos a tiempo implica que la persona menor de edad no está recibiendo los elementos que necesita para un sano y armónico desarrollo.

Finalmente, proponen la eliminación del Artículo 291 quintus del Código Civil de la Ciudad de México, de la parte que señala que sólo dentro del año siguiente al de la cesación del concubinato se podrá solicitar el derecho a una pensión alimenticia, esto debido a que, si el derecho a recibir la pensión existe, este debe ser garantizado.

Foto: Tomada de la red.